Contenido informativo

Cuaderno de campo digital obligatorio desde el 1 de enero de 2027

Respuesta corta: desde el 1 de enero de 2027, quien aplique productos fitosanitarios de uso profesional en el ámbito agrario debe llevar el registro de tratamientos en formato electrónico. Durante 2026 aún puede llevarse en papel. El resto del cuaderno de explotación puede seguir en papel salvo que otra norma exija lo contrario.

Qué dice la normativa

  1. 2009
    Reglamento (CE) 1107/2009Obliga a los usuarios profesionales a registrar los fitosanitarios que usan (art. 67).
  2. 2012
    Real Decreto 1311/2012Registro de tratamientos de cada explotación (art. 16).
  3. 2022
    Real Decreto 1054/2022Crea el SIEX, el REA y el cuaderno digital (CUE).
  4. 2023
    Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564Registros electrónicos y legibles por máquina.
  5. 2025
    RD 34/2025 y RD 1039/2025CUE voluntario salvo norma sectorial; papel solo hasta el 31-12-2026.
  6. 01-01-2026
    Fertilización en el cuadernoSección de fertilización, en papel o digital.
  7. 01-01-2027
    Registro de tratamientos electrónicoSe acaba el papel para los tratamientos fitosanitarios.
Del reglamento europeo al registro electrónico obligatorio

Qué se registra de cada tratamiento

Según el MAPA, como mínimo: el nombre del producto fitosanitario, la plaga a controlar, la fecha y la dosis, la zona y el cultivo tratados, el aplicador y, en su caso, el asesor, los equipos de aplicación y una valoración del tratamiento. Más detalle en registro de tratamientos fitosanitarios.

Interfaz ilustrativa con datos de ejemplo

Dónde llevarlo: CUE público o comercial

La administración ofrece gratis un cuaderno digital público, y también se puede usar un CUE comercial, es decir, un programa privado. Ambos comunican con el registro autonómico y el SIEX. Lo explicamos en SIEX y CUE.

Qué hacer antes de 2027

  1. Comprobar que la explotación está inscrita en el registro autonómico (REA), requisito para usar el CUE.
  2. Elegir herramienta: el cuaderno público de tu comunidad o un CUE comercial.
  3. Registrar cada tratamiento en el plazo máximo de un mes desde su realización.
  4. Conservar el registro y su documentación al menos 3 años.

¿Y la fertilización?

Desde el 1 de enero de 2026, el cuaderno de explotación tiene una sección de fertilización, que puede llevarse en papel o en digital. Ver cuaderno de campo de fertilización.

Contenido divulgativo revisado con el BOE, el MAPA y las comunidades autónomas a la fecha indicada. Consulta siempre el texto oficial y las instrucciones de tu comunidad autónoma.

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